-MEF aprueba la Lotería Fiscal Digital-

    Para incentivar el uso de la factura electrónica en Panamá

    La Junta de Control de Juegos (JCJ) aprobó el procedimiento que establece y reglamenta el Sistema de la Tómbola Fiscal Digital basado en facturas electrónicas, que será comercializado y promovido bajo el nombre de Lotería Fiscal Digital, una iniciativa impulsada por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), a través de la Dirección General de Ingresos (DGI).

    La medida, fundamentada en el artículo 3 de la Ley No. 256 de 26 de noviembre de 2021, establece las reglas de participación, selección de ganadores, entrega de premios y supervisión de los sorteos, con el propósito de implementar un mecanismo digital que vincule el uso de la factura electrónica con la participación ciudadana.

    De acuerdo con el procedimiento aprobado, podrán participar las personas naturales que registren facturas electrónicas emitidas a su nombre por el Sistema de Facturación Electrónica de Panamá, ya sea mediante la modalidad de Facturador Gratuito o a través de un Proveedor Autorizado Calificado (PAC).

    Para participar, los ciudadanos deberán ingresar a la plataforma Panamá Conecta (www.panamaconecta.gob.pa), registrarse, acceder al servicio denominado Lotería Fiscal y escanear el código QR de la factura electrónica. Una vez validado el documento, se generará un número de tiquete digital que permitirá participar en el sorteo correspondiente.

    Cada factura electrónica registrada que cumpla con los requisitos establecidos generará un tiquete digital. Las facturas deberán contener la información necesaria para su validación, incluyendo el código único de facturación electrónica, los datos del emisor y del receptor, la fecha de emisión, la descripción de la operación, los montos, los impuestos aplicables y el código QR.

    El procedimiento dispone que solo se admitirán facturas emitidas hasta con dos meses de antelación a la fecha del sorteo.  De igual forma, el registro de las facturas deberá efectuarse hasta 72 horas antes de la realización de la tómbola nacional o de la primera tómbola regional o provincial, según corresponda.

    La Lotería Fiscal Digital podrá realizarse en tres modalidades: nacional, regional y provincial. La DGI establecerá el número de sorteos y las fechas en que se celebrarán durante el año. La modalidad nacional comprenderá todo el territorio panameño. La regional estará dividida en cuatro regiones: Panamá; Panamá Oeste, Colón y Darién; Bocas del Toro, Chiriquí y Veraguas; y Herrera, Los Santos y Coclé.

    El procedimiento contempla premios de B/.500.00, B/.2,500.00 y B/.5,000.00, distribuidos de acuerdo con la modalidad del sorteo.

    En la modalidad nacional se entregarán 200 premios distribuidos de la siguiente manera:

    ·         80 premios de B/.500.00, para un total de B/.40,000.00.

    ·         80 premios de B/.2,500.00, para un total de B/.200,000.00.

    ·         40 premios de B/.5,000.00, para un total de B/.200,000.00.

    Esto representa una bolsa total de B/.440,000.00 por sorteo nacional.

    En la modalidad regional se entregarán 50 premios distribuidos de la siguiente manera:

    ·         20 premios de B/.500.00, para un total de B/.10,000.00.

    ·         20 premios de B/.2,500.00, para un total de B/.50,000.00.

    ·         10 premios de B/.5,000.00, para un total de B/.50,000.00.

    Esto representa una bolsa total de B/.110,000.00 por sorteo regional

    En la modalidad provincial, se entregarán 20 premios distribuidos de la siguiente manera:

    ·         8 premios de B/. 500.00, para un total de B/.4,000.00.

    ·         8 premios de B/. 2,500.00, para un total de B/.20,000.00.

    ·         4 premios de B/. 5,000.00, para un total de B/.20,000.00.

    Esto representa una bolsa total de B/.44,000.00 por sorteo provincial.

    Para garantizar la transparencia del proceso, la selección aleatoria de los tiquetes digitales se realizará en un estudio de grabación en vivo y será transmitida a través de los medios que comunique oportunamente la DGI.

    Cada sorteo contará con la presencia de un notario público y representantes de la Junta de Control de Juegos, la Dirección General de Ingresos y la Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental (AIG). Antes de la selección de los ganadores, se verificará e inspeccionará el equipo informático utilizado para realizar el proceso.

    El procedimiento también establece que una misma persona no podrá ganar más de una vez en un mismo sorteo. Si un participante resulta seleccionado nuevamente, su selección será invalidada y se procederá a escoger otro ganador.

    Los nombres de los ganadores y los premios correspondientes se publicarán en un periódico de circulación nacional o en otros medios de comunicación nacionales, así como en las redes sociales oficiales del MEF y de la DGI.

    Los premios se pagarán mediante transferencia bancaria (ACH). Para gestionar el cobro, los ganadores deberán acudir a las Administraciones Provinciales y Seccionales de Ingresos de la DGI y presentar un documento de identificación vigente, su número de cuenta bancaria y una certificación de dicha cuenta, sellada y firmada por el banco emisor.

    Los ganadores dispondrán de un plazo máximo de tres meses, contado a partir de la publicación oficial de los resultados, para gestionar el pago de sus premios.

    La resolución también establece que las facturas electrónicas no ganadoras podrán ser seleccionadas por la DGI para fines de fiscalización tributaria. El tratamiento de los datos personales contenidos en las facturas registradas deberá ajustarse a la Ley 81 de 2019, sobre Protección de Datos Personales.

    Los premios otorgados estarán exentos del impuesto sobre la renta, de conformidad con el literal g del artículo 708 del Código Fiscal.

    Panamá, 27 de octubre 2026