Declaratoria de prescripción y mejoras tardías se benefician de la Amnistía Tributaria

    La Dirección General de Ingresos (DGI) informa que no causará multa la declaración de mejoras tardías, si los contribuyentes durante la vigencia de la Ley de Amnistía Tributaria, presentan ante el Registro Público, una escritura declarando las nuevas mejoras construidas o las adicionales no declaradas. Además, el contribuyente deberá llevar a la Autoridad Nacional de Administración de Tierras (ANATI), la escritura inscrita para efectos de la actualización durante la vigencia de la norma.

    De igual forma, otro beneficio que obtienen los contribuyentes con la entrada en vigencia de la Ley 99 del 11 de octubre de 2019, es la declaratoria de prescripción, pero para lograr este beneficio el interesado debe pagar lo adeudado dentro del período de Amnistía Tributaria o al vencimiento de su respectivo arreglo de pago y que se hubiera cumplido el termino de prescripción de cada tributo.

    La declaratoria de prescripción y las mejoras tardía, son modalidades incluidas dentro de un paquete de facilidades contenidas en la recién sancionada ley de Amnistía Tributaria, que ejecuta DGI y beneficia a los contribuyentes que por diversas razones mantienen procesos de sanciones por morosidades, intereses, recargos, así como multas por declaraciones tardías u omisas con el fisco panameño.

    Estos beneficios para los contribuyentes concluye en febrero del 2020, cuando llegue a su término, esta ley de Amnistía Tributaria.