Es la inscripción que autoriza la Junta de Control de Juegos, específicamente por el Secretario Ejecutivo, mediante Resolución, en el Registro de Proveedores de Máquinas Tragamonedas Tipo “A”, Dispositivos de Juego o Equipo Asociado, que mantiene esta entidad.
Responsable: Junta Control de Juegos, Asesoría Legal
Base Legal: Decreto Ley Nº2 de 10 de febrero de 1998, publicado en la Gaceta Oficial Nº23,484 de 17 de febrero de 1998.
Requisitos:
1. Solicitud con B/.8.00 en timbres.
2. Nombre del solicitante.
3. Dirección.
4. Documentos de constitución del solicitante.
5. Nombre y dirección de todos los directores y dignatarios.
6. Licencia comercial autenticada.
7. Declaración Jurada de que el solicitante sólo fabricará, venderá y/o distribuirá dispositivos de juegos o equipos asociados en Panamá que cumplan plenamente con todas las Leyes y Reglamentos panameños aplicables a la industria del juego. Una violación de cualquier ley o Reglamento o incumplimiento de esta declaración, en cualquier modo, tendrá como consecuencia la remoción del Registro de Proveedor en Panamá y una prohibición para fabricar, vender o distribuir dispositivos de juego y equipo asociado en Panamá.
8. Cheque certificado a favor de la Junta de Control de Juegos por la suma de B/.1,000.00
Costo: B/.1,000.00
Horario de Atención: Lunes a Viernes de 9:00am a 4:00pm.
Teléfonos: 507-7906