República de Panamá
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Junta de Control de Juegos
Trámites
Servicios Ofrecidos de la Junta de Control de Juegos

Servicio:

Autorización para la venta de clubes de mercancías, clubes de viaje o clubes vacacionales.

Nombre Legal:

Club de Mercancías, Club de Viaje o Club Vacacional.

Nombre Usual:

Club.

Base Legal:

Decreto Ley Nº2 de 10 de febrero de 1998, publicado en la Gaceta Oficial Nº23,484 de 17 de febrero de 1998 y Resolución Nº59 de 26 de julio de 1999, publicada en la Gaceta Oficial Nº23,873 de 27 de agosto de 1999.

Institución:

Junta de Control de Juegos del Ministerio de Economía y Finanzas.

Departamento:

Asesoría Legal.

Descripción del Servicio:

Es la aprobación emitida por la Junta de Control de Juegos, específicamente por la Secretaría Ejecutiva, a través de una Resolución, para operar aquel juego de azar en el cual una persona adquiere una acción numerada por un período preestablecido de duración, que le permite ganar bienes muebles, inmuebles o servicios, si su acción numerada coincide con los números de la Lotería Nacional de Beneficencia., previo el pago de la cuota semanal. El accionista podrá obtener los bienes muebles, inmuebles o servicios ofrecidos al finalizar el período de duración de su club, aunque su acción numerada no haya sido favorecida por el sorteo de la Lotería Nacional de Beneficencia, siempre y cuando haya cumplido con el pago de todas las cuotas del respectivo contrato.

Requisitos:

  1. Poder y solicitud, mediante abogado, en papel habilitado dirigido a la Junta de Control de Juegos, indicando el nombre, dirección, nombre de la imprenta que confeccionará los contratos de clubes, la suma de dinero que desea se le autorice para operar su sistema de club, total de las semanas del club.
  2. Fotocopia autenticada de la Licencia o Registro Comercial del local solicitante.
  3. Dos formatos preliminares del Contrato de Club que se desea operar, presentado en muestra de imprenta.
  4. Original del Certificado de Registro Público.
  5. Fianza de garantía a favor de la Junta de Control de Juegos, la cual debe corresponder al 25% de la suma total de dinero solicitada para operar el Club.
  6. Libro denominado “Depósito y Retiro de Clubes”, debidamente enumerado, el cual será sellado por la Junta de Control de Juegos.
  7. En caso de que el registro sea através de "software" solicitar inspección.
  8. Paz y salvo nacional.

Base Legal:

Resolución Nº 059 de 26 de Julio de 1,999, Gaceta Oficial 23,873.

Lugar:

La Junta de Control de Juegos se encuentra ubicada actualmente en la Ciudad de Panamá, Avenida Perú, Calle N ° 35 Este, Edificio antiguo “Hacienda y Tesoro”, donde actualmente está ubicado el Viceministerio de Finanzas del Ministerio de Economía y Finanzas, adyacente al Parque Porras. Piso N °7 Departamento de Promociones Comerciales.

Usuario:

Toda persona natural o jurídica que sea propietaria de un establecimiento comercial que venda bienes o servicios.

Horario:

8:30 a.m. a 4:30 p.m.

Teléfono:

507-7889. Departamento de Asesoría Legal.

Tiempo:

Ocho (8) días hábiles.

Costo:

 

Observaciones:

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